Desde mediados del año pasado se ha vuelto obligatorio pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) por compras digitales. Los productos y servicios son muchos, tales como Uber, Amazon o Rappi, y dentro de estas empresas se incluyó la publicidad pagada de Facebook que conocemos como Facebook Ads.
Esta modificación impactó especialmente en el mundo del marketing digital, ya que se volvió necesario entender cómo pagar los impuestos para las campañas SEM. En este artículo vamos a enfocarnos en Facebook Ads, donde existen dos formas para poder pagar el IVA, que estudiaremos a continuación.
Primera opción: Facebook gestiona el pago
La primera forma es permitiéndole a Facebook actuar como agente retenedor del monto del impuesto y que luego pague el IVA directamente al Servicio de Impuestos Internos (SII). Posteriormente es necesario que la empresa emita una factura de compra código 45 con el fin de poder recuperar el IVA pagado.
¿Cómo se hace? La verdad es que la configuración de Facebook es bastante simple.
- Primero, debes ir a la configuración de business.facebook.com
- Dirígete al módulo de facturación, donde debemos tener asegurada nuestra cuenta de anuncios
- Ir a la configuración de pago y seleccionar la opción cuentas publicitarias.
- Ingresar el rut de la empresa*
- marcar la casilla que se encuentra en la parte inferior.
Con ello, Facebook emitirá la factura con IVA y después solo deben recuperarlo haciendo la emisión de la factura de compra del código 45.
Para emitir la factura, se debe ir a mi servicio de impuestos internos, con el total de la factura y el número de la factura de Facebook. Allí deben dirigirse al registro de compras y ventas, crear la factura de compra N°45, rellenarla con los datos de la fecha de la factura, los montos netos y a recuperar, y se emite al SII. Hay que tener particular cuidado con la tasa de cambio realizarlo con el valor que SII señala para el día en que Facebook nos emite la factura. Ingresar cada factura de compra con la fecha correcta al tipo de cambio correcto
Segunda opción: Nosotros gestionamos el pago
La segunda forma es que Facebook no te cobre el IVA en el Invoice, en donde la empresa se hace responsable de pagarlo. Se debe realizar el mismo procedimiento de la Factura de compra N°45, y luego, debemos pagar el IVA al SII, porque no se la pagamos a Facebook. De esta manera debemos calcular el 19% de cada factura que nos emitió Facebook sin IVA y calcular la conversión según el tipo de cambio del día declarando el monto total del IVA en el formulario 29 en la casilla N°39.
Y si no soy una empresa (aún)
También existe una tercera forma, utilizada principalmente si no eres un negocio formal o establecido. Es muy sencillo: No ingresas la información del RUT y simplemente dejas que Facebook te cobre el IVA. Podríamos asemejar esta situación a cuando compras en cualquier lugar y te dan una boleta. En este caso Facebook se hará cargo de los impuesto pero tú no podrás recuperar ese crédito fiscal. Es una buena opción cuando eres una persona natural que está haciendo un anuncio puntual. De todas formas, en caso de que estés formalizado y sea algo recurrente el uso de Facebook Ads, te recomendamos que prefieras alguna de las dos primeras opciones.
Si necesitas más información, siempre puedes consultar el artículo oficial de Facebook sobre el IVA en Chile o consultarlo con tu asesor tributario o contador.
Macarena
Febrero 9, 2021Según lo que dice debería dejar descliqueada la opción de la casilla para que facebook cobre el iva
Eduardo Carvajal
Febrero 10, 2021Hola Macarena! Eso es correcto, pero en ese caso facebook cobrará el coste de tu campaña y adicional a ello aplicará el 19% del IVA. Por ejemplo si tu campaña es por $10.000, el cargo en la tarjeta será de $11.900. Te invitamos a estar revisando la información proporcionada por Facebook ya que la información puede variar. Saludos y gracias por visitar nuestro blog!
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Mayo 8, 2021me funciono muchisimo…….